Todos los pequeños y grandes centros de residuos, tanto peligrosos como no peligrosos, tienen ciertas obligaciones que conocer para cumplir con los protocolos establecidos en la normativa de Medio Ambiente, recientemente revisada y regulada por el Real Decreto 553/2020 de 2 de junio. A grandes rasgos, estos son los aspectos principales que debéis conocer y cumplir:
- Darse de alta en Medio Ambiente, es decir obtener el número NIMA tan pronto se inicie la actividad generadora de residuos. Gestión que Gestikel puede realizar en nombre del cliente si así lo desea.
- Contratar un gestor de residuos autorizado por la Junta de Andalucía
- Almacenar los residuos peligrosos y no peligrosos en sus contenedores homologados correctamente segregados
- El gestor deberá retirar los contenedores perfectamente cerrados semestralmente como mínimo en el caso de residuos peligrosos y anualmente como mínimo para residuos no peligrosos.
- Tras cada retirada, el gestor la registrará en la plataforma de Medio Ambiente, creándose un Documento de Control y Seguimiento (DCS) que especifica el peso realmente retirado, así como la fecha, y que estará siempre disponible accediendo con certificado digital a la plataforma. Si bien el gestor no está obligado, en Gestikel enviamos ese documento por correo electrónico siempre para la comodidad de nuestro cliente.
- Llevar un registro en el que se reflejarán las retiradas realizadas y peso a lo largo del año, utilizando para ello los DCS´s.
- Presentar anualmente, en los meses de enero y febrero, la Declaración Anual de Productores (DAP), en el espacio habilitado para ello en la Plataforma, declarando los residuos y peso retirados a lo largo del año anterior, para lo cual serán muy útiles los DCS´s y el registro elaborado por el cliente y la propia gestora. En Gestikel, damos la opción de hacer este trámite nosotros como representantes medioambientales autorizados a todos nuestros clientes.